Los contribuyentes que emiten comprobantes de pago electrónicos a través de los siguientes sistemas de emisión:
- SEE desarrollado desde los sistemas del contribuyente
- SEE Facturador SUNAT
- SEE Operador de Servicios Electrónicos
Requieren el uso de un Certificado Digital para la emisión de sus comprobantes electrónicos.
En ese sentido la SUNAT pone a su disposición el Certificado Digital Tributario (CDT) gratuito el cual debe ser utilizado exclusivamente para generar la firma digital en los comprobantes de pagos electrónicos.
La norma que regula el procedimiento de la obtención del Certificado Digital Tributario entró en vigencia el 12 de febrero del 2020.
Con la finalidad de mejorar el cumplimiento tributario, la SUNAT se encuentra autorizada hasta el 30 de junio del 2020, a facilitar la obtención del Certificado Digital Tributario en la emisión de comprobantes de pago electrónico.
Requisitos para obtener el Certificado Digital Tributario gratuito
Para acceder a este beneficio, los contribuyentes deben de cumplir con los siguientes requisitos a la fecha de presentación de la solicitud de emisión del Certificado Digital Tributario:
- En caso sea una persona natural, tener plena capacidad de ejercicio de sus derechos civiles, conforme a lo dispuesto en el artículo 42 del Código Civil.
- En caso sea una persona jurídica, existir y encontrarse vigente.
- No tener, para efecto del RUC, el estado de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción o haber presentado una solicitud de baja de inscripción en el RUC que esté en trámite.
- No tener en el RUC la condición de domicilio fiscal no habido.
- Estar afecto en el RUC al impuesto a la renta de tercera categoría.
- No encontrarse inscrito en el Registro OSE ni en el Registro PSE.
- Haber tenido ingresos netos anuales en el año 2019 iguales o menores a S/ 1 260 000. Asimismo, se entiende que los sujetos que inician operaciones en el año 2020 tienen ingresos netos anuales iguales o menores a S/ 1 260 000.
- No poseer un Certificado Digital Tributario vigente emitido.
- No haber obtenido más de dos Certificados Digitales Tributarios en virtud de la norma.
Aceptar los términos y condiciones de uso del Certificado Digital Tributario incluidos en el contrato. En el contrato mencionado se especifica, las causales de cancelación del CDT, las obligaciones que debe cumplir el titular del CDT, entre otros.
Procedimiento para obtener el Certificado Digital Tributario
Ingresa con tu Clave SOL y accede a la opción Empresas, rubro “Comprobantes de Pago”, “Certificado Digital Tributario-CDT” y pulsa la funcionalidad “Solicitar Certificado Digital Tributario”:
El sistema presentará una pantalla en la que presentará los datos generales del contribuyente, que será enviada a la Entidad de Certificación, además de los términos y condiciones de uso.
Para poder seguir con la transacción, deberás pulsar y dar “check” en la aceptación de los términos y condiciones; de no hacerlo no podrá seguir con la transacción (el botón “Enviar solicitud” no será activado hasta realizar dicha acción)
Aceptados los términos y condiciones y pulsado el botón de “Enviar Solicitud”, el sistema emitirá un mensaje de advertencia adicional, a fin de confirmar la intención del contribuyente de solicitar un CDT, el cual deberá de “Aceptar”.
Una vez pulsado el botón anterior, el sistema presentará un mensaje señalando la aceptación de la solicitud y el lugar desde donde puede ser descargado el CDT.
Deberás dirigirse, de acuerdo a lo indicado en el mensaje anterior, a tu buzón SOL y ubicar el mensaje denominado “Emisión de Certificado Digital Tributario”
Deberás de ingresar al mensaje señalado y allí encontrará un enlace que le permitirá descargar el CDT desde la ECEP RENIEC. Ingresado al enlace señalado se presentará la siguiente pantalla:
En este ambiente de la ECEP RENIEC deberá crear sus claves privadas, ingresando por dos veces la misma clave. Creada ya la misma, deberá pulsar el botón “Descargar Certificado”, y el sistema de certificación procederá a realizar la descarga del certificado en la PC o laptop desde donde accede al servicio.
Para terminar con esta funcionalidad, la ECEP RENIEC mostrará un mensaje final, con lo cual se culmina la operación a nivel de SOL.
Como se puede apreciar en la pantalla anterior, en la parte inferior izquierda existe un archivo denominado “certificado.p12”, el cual es, precisamente el CDT descargado, el cual deberá ser importado utilizando los utilitarios del windows para su uso e instalación en el sistema de emisión electrónica de su preferencia
Errores del sistema
De presentarse el siguiente error en el sistema, corresponde realizar la cancelación del Certificado Digital registrado a fin de solicitar la obtención del Certificado Digital Tributario.
¡FELICIDADES! ahora que ya cuenta con su Certificado Digital Tributario contáctenos para utilizar uno de nuestros sistemas de administración de Información con Facturación Electrónica Integrada.
Fuente: www.sunat.gob.pe
Muy buen articulo. Gracias por compartirlo.
Gracias por la información, bastante detallada y muy acertada.